Qué debes conocer de la nueva normativa VeriFactu

El sistema Verifactu está a punto de convertirse en una pieza clave de la fiscalidad digital en España. Es una iniciativa de la Agencia Tributaria para combatir el fraude fiscal, y forma parte de la Ley Antifraude 11/2021. Aquí te explico lo esencial:

¿Qué es Verifactu?

Es un sistema que obliga a emitir facturas mediante software homologado, que registre cada operación de forma inviolable y la envíe en tiempo real (o con trazabilidad) a Hacienda. Se acabaron las hojas de Excel o los programas que permiten modificar ventas a posteriori.

¿Cuándo entra en vigor?

Los plazos están escalonados:

  • Proveedores de software: hasta el 29 de julio de 2025 para adaptar sus sistemas
  • Empresas (personas jurídicas): obligatorio desde el 1 de enero de 2026
  • Autónomos: obligatorio desde el 1 de julio de 2026

¿Qué cambia?

  • Las facturas llevarán un código QR que certifica su registro ante Hacienda
  • No se podrán borrar facturas: solo anularlas, dejando constancia
  • Se exige trazabilidad, integridad y conservación de los datos

¿Y si no se cumple?

Las sanciones pueden llegar hasta 50.000€ por ejercicio, y hasta 150.000 si se manipulan registros

¿Ventajas?

Aunque al principio puede parecer un lío, Verifactu puede:

  • Reducir errores administrativos hasta un 70 %
  • Mejorar la productividad y control interno
  • Fortalecer la imagen de transparencia ante clientes y proveedores

¿Quién está obligado?

Todas las empresas que emiten facturas en territorio español están obligadas a cumplir VeriFactu, con estas excepciones

  • Empresas en Sistema SII, suministro inmediato de información
  • Régimen especial Agrario Puro
  • Ticket Bai
  • Actividades que no hacen facturas
    • Actividades como Servicios Médicos, porque van exentas de IVA
    • Seguros, porque no emiten factura
    • Academias
    • Servicios guarderías
    • Comercio y Restauración, siempre y cuando solo emitan Facturas Simplificadas.
Plazos de VeriFactu

Algunos conceptos sobre VeriFactu

Es la obligación de facturación o reporte fiscal, para las empresas a partir de 1 de Enero de 2026, para los autónomos a partir de 1 de Julio de 2026

  • Depende de la Agencia Tributaria
  • Ley Antifraude
  • Afecta a la obligación de comunicar a la Agencia Tributaria las facturas que se emiten
  • Sistemas de facturación certificados

Ley Crea y Crece, Factura electrónica

  • Depende del Ministerio de Economía
  • Afecta al intercambio de facturas entre empresas y autónomos españoles (B2B). No a B2C, no a comunitarias, no a exportaciones
  • Control de la morosidad. Obliga a informar de la fecha de pago

Obligaciones que ya existen

Reporte fiscal

  • Empresas que facturan más de 6 millones de euros
  • TicketBAI en el País Vasco

Factura electrónica

FACe. Empresas que facturan a la administración (B2G)

Obligaciones de VeriFactu

Obligaciones de utilizar un SIF (Sistema informático de Facturación). No Excel, Word, manual, etc.

Todos los sistemas de facturación han de estar certificados según las especificaciones de la norma. No hay homologación. Certifica el software el fabricante o el implantador.

Dos tipos de sistemas Informáticos de facturación

Sistemas Veri*factu

  • Remisión voluntaria y validación de los registros de facturación
  • Subir a la Agencia Tributaria en el momento de emisión facturas y tickets (inmediato)
  • Incluir en la factura o ticket o código QR para poder comprobar en la Agencia Tributaria la validez de la factura.

Sistemas NO Veri*factu

  • Remisión bajo requerimiento de la Agencia Tributaria de los registros de facturación
  • Muy alta complejidad de certificación del Sistema de facturación
  • No comprobación mediante lectura del QR de la validez de la factura.
QR en facturas

Cada factura llevará un código QR, con las siguientes características 

  • Factura encontrada
  • Factura no encontrada
  • Factura no verificable

LA AEAT desarrollará una Aplicación informática de facturación. Incluirá, al menos, las siguientes funcionalidades

  • Captura, almacenamiento, consulta y descarga de los datos de las facturas
  • Expedición de la factura en formato imprimible en PDF
  • Descarga de la factura en PDF
  • Generación y almacenamiento del registro de facturación

Una vez publicada la Orden Ministerial, plazo de nueve meses para desarrolladores y Agencia Tributaria, los sistemas deben estar preparados el día 29 de Julio de 2025.

Para empresas la implantación obligatoria es el día 1 de Enero de 2026. Para autónomos el 1 de Julio de 2026

Que debe tener el SIF (Sistema Informático de Facturación)

1.Inalterabilidad

  • Facturas
  • Evento

2. Conservación

Debes de disponer el registro de las facturas de los últimos 4 años desde que se pone en marcha Verifactu, es decir a partir de 2030 deberás tener todos los registros desde 2026 que entra en vigor. Es obligatorio que los sistemas de información tengan la posibilidad de exportar la facturación de un proveedor a otro

3. Accesibilidad

Los SIF deben estar conectados a Internet

4.Trazabilidad

Cualquier factura o evento está unido al anterior

5. Legibilidad

Deben ser legibles para la AEAT

6.Integridad

Debe de representar la totalidad de manera fiel de la facturación de la empresa

En la facturación puedes tener diferentes Fecha de emisión y fecha de registro, de momento Hacienda recomienda que tengas la misma, pero se puede poner diferente

Resumen

En el año 2026 empiezan a aplicarse una serie de cambios legislativos que van a afectar a la forma de facturar de las empresas, primero viene VeriFactu pero pronto vendrá el tema de la facturación electrónica entre empresas, por lo que desde Informática TecnoPC recomendamos que actualices tu programa de gestión a uno que esté preparado para la nueva legislación. En caso de no tener un software homologado y tengas obligación de facturar las multas ascienden a 50000€ por ejercicio, así que poca broma tiene el asunto.

Tenemos distintos programas de facturación para adaptarnos a las necesidades tanto del pequeño autónomo que está solo sin trabajadores como a la pequeña y mediana empresa. La cuestión es que todas las empresas tienen que usar un programa de gestión actualizado y estamos preparados para ofrecerles una solución personalizada a cada una.

Para más informacion ponte en contacto con nosotros en el 868 975 495 o a través de nuestro formulario de contacto

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